Guía

Garantía provisional y definitiva en licitaciones

Cuánto tendrás que depositar, cómo y cuándo lo recuperas.

Si resultas adjudicatario de una licitación tendrás que depositar una garantía: una cantidad que responde de que cumplirás el contrato. Es un trámite con plazos cortos que conviene tener previsto —incluida la tesorería o el aval— antes de presentarte. Esto dice la LCSP (arts. 106 a 111).

Por Equipo laLicita.ai · Actualizado el 15 de octubre de 2026 · Lectura 8 min

Garantía provisional: la excepción

Se pide al presentar la oferta (a todos los licitadores) y responde de que la mantendrás hasta la adjudicación. Hoy es excepcional: solo puede exigirse de forma motivada en el pliego y su importe máximo es el 3% del presupuesto base de licitación (IVA excluido). Se devuelve a todos los licitadores al resolverse la adjudicación.

Garantía definitiva: la regla general

La deposita solo el adjudicatario, dentro del plazo que marca el requerimiento (habitualmente 10 días hábiles). Su importe general es el 5% del precio final ofertado (IVA excluido). Dos matices importantes:

Cómo se constituye

Cuándo la recuperas

Al terminar el plazo de garantía del contrato (el periodo posterior a la entrega en el que respondes de defectos, fijado en el pliego) y con informe favorable de cumplimiento, la administración devuelve el depósito o cancela el aval. Haz seguimiento: la devolución no siempre se tramita de oficio con agilidad.

Errores frecuentes

Aval bancario, seguro de caución o efectivo: qué elegir

La LCSP admite constituir la garantía definitiva por cualquiera de los tres medios. Cada uno tiene coste, agilidad y recuperación distintos, y elegir mal puede comerse el margen del contrato:

Lo que casi nadie hace y conviene: pedir presupuesto al banco antes de presentar la oferta. Si no te lo van a conceder, mejor saberlo antes de ganar el concurso.

El modelo del aval o póliza: dónde se cae mucha gente

El Reglamento General de la LCSP fija un modelo concreto que debe seguir el aval o la póliza. Si el documento que entregas no se ajusta al modelo, la mesa te requerirá la subsanación en 10 días hábiles; si no la aportas, pierdes la adjudicación. Los puntos que suelen estar mal:

Para evitar ir y venir con el banco, pídele que use literalmente el modelo oficial. Casi todas las entidades lo tienen plantillado desde hace años.

Garantía complementaria por baja temeraria

Si tu oferta se califica como anormalmente baja y aun así resulta adjudicataria tras justificar la viabilidad, el órgano de contratación puede exigir una garantía complementaria adicional al 5% ordinario, hasta un máximo total del 10% del precio del contrato (art. 107.2 LCSP). Esto debe estar previsto en el PCAP y motivado en el acuerdo de adjudicación. Para la empresa supone duplicar el coste financiero del aval y conviene tenerlo en cuenta al calcular el precio de la oferta si existe el riesgo de caer en temeridad.

Plazo de garantía: lo que empieza cuando acaba el contrato

No confundas la garantía económica (el aval o la fianza) con el plazo de garantía técnico del contrato, que es el período posterior a la recepción durante el cual el contratista responde de los defectos del objeto entregado. Este plazo lo fija el PCAP y suele ser de uno a tres años para servicios y hasta cinco años para obras. La garantía económica no se devuelve hasta que no se cumpla ese plazo y se emita el acta de recepción positiva. Si queda cualquier defecto pendiente, el órgano retiene todo o parte del aval hasta la subsanación.

Con laLicita.ai el análisis del pliego te muestra desde el primer día la garantía exigida, el plazo de garantía y el resto de condiciones económicas del contrato.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la garantía definitiva?

Con carácter general, el 5% del precio final ofertado, IVA excluido. En casos especiales el pliego puede exigir además una garantía complementaria de hasta otro 5%, por ejemplo cuando la oferta estuvo incursa en presunción de anormalidad.

¿Es obligatoria la garantía provisional?

No. Solo puede exigirse excepcionalmente y de forma motivada en el pliego, y no puede superar el 3% del presupuesto base de licitación, IVA excluido. Se devuelve al terminar el proceso de adjudicación.

¿Cuándo se devuelve la garantía definitiva?

Cuando termina el plazo de garantía del contrato y se cumple satisfactoriamente, o cuando se declara resuelto sin culpa del contratista. La administración aprueba la devolución o cancelación del aval tras el informe favorable de cumplimiento.

¿La garantía definitiva se calcula sobre el precio con IVA o sin IVA?

Sin IVA, salvo que el pliego indique lo contrario. El 5% se aplica al precio base de adjudicación. En contratos plurianuales o con prórrogas puede calcularse sobre el valor estimado total del contrato: comprueba el PCAP.

¿Puedo cambiar el tipo de garantía durante el contrato?

Sí. Puedes sustituir un aval por una fianza en efectivo, un seguro de caución por un aval, etc., siempre que la nueva garantía cumpla los requisitos del pliego. Hay que presentar la nueva y pedir la devolución de la anterior.

¿Qué pasa si no constituyo la garantía definitiva en plazo?

Pierdes la adjudicación. El art. 150 LCSP fija un plazo de 10 días hábiles desde el requerimiento de documentación para constituirla; si no la aportas, el órgano te excluye y adjudica al siguiente clasificado.

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