Guía

Solvencia económica y técnica: cómo acreditarla

Los requisitos mínimos para poder licitar, explicados sin jerga.

Antes de valorar tu oferta, la administración comprueba que tu empresa puede ejecutar el contrato. Eso es la solvencia: unos requisitos mínimos económicos y técnicos que fija cada pliego. Si no los cumples —o no sabes acreditarlos— quedas excluido por muy buena que sea tu propuesta. Aquí tienes cómo funciona según la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.

Solvencia económica y financiera

Acredita que tu empresa tiene músculo financiero suficiente. Los medios más habituales:

Se acredita con las cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil, el modelo de IRPF/Sociedades o un certificado del seguro.

Solvencia técnica o profesional

Acredita que sabes hacer el trabajo. Varía según el tipo de contrato, pero lo más pedido es:

La clasificación empresarial

La clasificación es un certificado oficial que acredita tu solvencia de forma general, por grupos, subgrupos y categorías. En contratos de obras de 500.000 € o más es obligatoria; en servicios es voluntaria y sirve como alternativa a acreditar la solvencia medio a medio. Se solicita a la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado y conviene también inscribirse en el ROLECE (Registro Oficial de Licitadores), que agiliza mucho la fase de acreditación.

Si no llegas: integración de solvencia y UTE

Dos vías legales para licitar cuando tu empresa sola no cumple los mínimos:

Errores que excluyen ofertas

El Especialista de laLicita.ai extrae automáticamente la solvencia exigida de cada pliego y la compara con los datos de tu empresa, para que sepas en segundos si puedes presentarte.

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Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre solvencia y clasificación empresarial?

La solvencia se acredita licitación a licitación con los documentos que pide el pliego. La clasificación es un certificado oficial que acredita la solvencia de forma general: en contratos de obras de importe elevado es obligatoria, y en servicios puede aportarse como alternativa cuando el pliego lo permite.

¿Puedo usar la solvencia de otra empresa?

Sí. La LCSP permite integrar la solvencia con medios externos: otra empresa (por ejemplo, del mismo grupo o un subcontratista) pone a tu disposición sus medios y lo declara por escrito. Debe indicarse en el DEUC y acreditarse el compromiso.

¿Dónde se indica la solvencia exigida en cada licitación?

En el pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP), normalmente en un anexo con los criterios de selección. Ahí se detallan los medios de acreditación y los importes o requisitos mínimos exigidos.

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